Escritura notarial en virtud de la cual un llamado a la herencia expresa su voluntad de renunciarla. Debe hacerse de forma expresa en documento público notarial.

Documentación necesaria:

Identificación:

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

Intervención:

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

  • Copia auténtica del poder notarial o nombramiento del órgano de representación donde conste la representación.
  • Copia auténtica de la escritura de constitución.
  • Copia auténtica del acta de titularidad real.

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.

Otra documentación:

Es necesario aportar el original de este certificado. Dicho documento lo expedirá el Registro Civil correspondiente al lugar de defunción o de última residencia del difunto. Se suele expedir unos pocos días después al fallecimiento.

Advertencias:

En el caso que se vaya a renunciar a una herencia en nombre de un menor de edad consultar previamente con la notaria los documentos necesarios que debe aportar.