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Sucesiones y donaciones

Testamento vital (o documentos de voluntades anticipadas)

Testamento vital (también llamado «documento de instrucciones previas o testamento de voluntades anticipadas»): Documento dirigido al equipo médico por el que una persona deja constancia escrita de su voluntad, en relación a los tratamientos médicos a los que desea someterse o no, en caso de enfermedad, llegado el momento en que no pueda expresarse por sí misma; o, una vez fallecida, sobre el destino de su cuerpo y/o de sus órganos. Si se formaliza ante Notario, no es necesaria la presencia de testigos.

*Dicho documento será incorporado en la historia clínica del paciente.*

Hoy en día es posible acogerse a la eutanasia en el caso de encontrarse en uno de los supuestos amparados legalmente.

Documentación necesaria:

Identificación:

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

Intervención:

Es un acto personalísimo no pudiendo otorgarse por poder en nombre de otra persona.

Otra documentación:

Es necesario facilitar el nombre, apellidos (y además es conveniente los datos de localización, como teléfono) del representante o interlocutor. Si se quiere nombrar a una persona que no sea un familiar indicar además de su nombre y apellidos, su documento de identidad. Esta persona será la encargada de gestionar las últimas voluntades del testador ante el equipo médico, para el caso sea necesario. No es necesario que dicho representante o interlocutor firme el documento.