Escritura notarial mediante la que una persona concede facultades a otra para que ésta actuando en su nombre y representación pueda celebrar aquellos actos, negocios jurídicos o contratos previstos en el poder.

Documentación necesaria:

Identificación:

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

Intervención:

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

  • Copia auténtica del poder notarial o nombramiento del órgano de representación donde conste la representación.
  • Copia auténtica de la escritura de constitución.
  • Copia auténtica del acta de titularidad real.

  • Si interviene en nombre de sus hijos menores de edad, el certificado literal de nacimiento.

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.

Otra documentación:

No tiene que comparecer para la firma del documento. Es necesario facilitar su nombre y apellidos completo, estado civil, profesión, domicilio y número de DNI (para españoles) y Pasaporte/Permiso de residencia/NIE (para extranjeros).

En el caso de existir más de un apoderado indicar si se quiere que actúen solidariamente (de forma indistinta) o mancomunadamente (de forma conjunta).

En el caso de darse poder en relación a un inmueble especificar sus datos tales como: dirección completa y número de referencia catastral y número de finca y Registro de la Propiedad al que pertenece.

En el caso de darse poder en relación a un vehículo especificar sus datos tales como: modelo, matrícula y número de bastidor.

Es necesario especificar para qué se necesita el poder: venta, administración, compra, hipoteca, solicitar certificados administrativos (tales como de nacimiento, antecedentes penales…), facultades bancarias, solicitar préstamos o créditos, avalar o afianzar, aceptar o renunciar una herencia, tramitar la firma digital.