Escritura notarial en la que se pacta el régimen económico que regirá un matrimonio; se puede otorgar antes de celebrar matrimonio o después de éste.
Los futuros contrayentes (en el caso de las prenupciales) o los cónyuges (en el caso de las postnupciales) podrán pactar el régimen económico que rija su matrimonio siempre y cuando elijan el que sea conforme bien a la ley que rija los efectos del matrimonio, bien a la ley de la nacionalidad (para los extranjeros) de la vecindad civil (para los españoles) o de la residencia habitual de cualquiera de las partes al tiempo del otorgamiento.
Documentación necesaria:
Identificación:
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Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
Intervención:
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En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
Otra documentación:
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Certificado literal de matrimonio
En el caso de otorgar capitulaciones postmatrimoniales, se debe aportar este certificado expedido por el Registro civil, el cual no puede tener una antigüedad superior a tres meses.

