Escritura que se otorga cuando dos personas tienen la intención de formalizar una unión de hecho sin que ésta tenga carácter matrimonial.

*Una vez autorizada la escritura, ésta se envía de forma telemática al Registro de parejas estables para proceder a su inscripción, la cual una vez realizada, será notificada a los otorgantes a través de su correo electrónico que constará en la propia escritura.*

Documentación necesaria:

Identificación:

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.

Intervención:

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.

Otra documentación:

Es un documento administrativo expedido por parte del Ayuntamiento donde consta que los dos interesados viven en el mismo domicilio. A ser posible, es mejor aportar un empadronamiento histórico.

En el caso de tener hijos en común se debe aportar el Libro de Familia original o, en su defecto, el correspondiente certificado literal de nacimiento. Si estos documentos se han expedido en el extranjero deben aportarse debidamente traducidos y apostillados.

Si alguno de los miembros de la pareja manifiesta estar divorciado debe aportar el certificado del Registro Civil o el Auto Judicial de divorcio correspondiente que acredite dicha circunstancia. Si estos documentos se han expedido en el extranjero deben aportarse debidamente traducidos y apostillados.

En el caso que alguno de los miembros de la pareja sea extranjero y no tenga permiso de residencia vigente deberán venir acompañados de dos testigos que no sean familiares y aseveren que son pareja.