Es la escritura notarial mediante la cual un socio de una sociedad mercantil vende su participación en el capital a otro socio o a un tercero a cambio del precio pactado. Este documento notarial no se inscribe en el Registro Mercantil a no ser que se trate de una sociedad profesional.

Documentación necesaria:

Identificación:

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

Intervención:

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

  • Copia auténtica del poder notarial o nombramiento del órgano de representación donde conste la representación.
  • Copia auténtica de la escritura de constitución.
  • Copia auténtica del acta de titularidad real.

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.

Otra documentación:

El vendedor debe aportar copia auténtica del título de propiedad de las participaciones o acciones que se transmiten.Por ejemplo, escritura de constitución de sociedad, de aumento de capital, de compraventa, de herencia…

Efectivo, cheque bancario o no bancario, justificante bancario de la transferencia, pagaré, letra de cambio.

Advertencias:

  1. En caso de haberse realizado pagos a cuenta del precio con anterioridad al otorgamiento de la escritura de compra-venta es necesario aportar justificantes de los mismos.

  2. Si el pago se realiza por medio de transferencia es necesario identificar los números de la cuenta de cargo y la de abono así como la titularidad de las cuentas.

  3. Si el pago se realiza por medio de cheque es necesario identificar el número de la cuenta de cargo así como la titularidad de las cuenta.