Es la escritura notarial mediante la que se establece el nuevo domicilio social de una empresa y se modifica el artículo de los estatutos sociales que hace referencia al domicilio social.

Documentación necesaria:

Identificación:

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

Intervención:

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

  • Copia auténtica del poder notarial o nombramiento del órgano de representación donde conste la representación.
  • Copia auténtica de la escritura de constitución.
  • Copia auténtica del acta de titularidad real.

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.

Otra documentación:

Se debe aportar la certificación del acuerdo de la junta general o de la decisión del socio único donde se formalice el acuerdo por el que se modifica el domicilio de la sociedad. Habitualmente este certificado se firma en presencia del Notario y si se aporta firmado a la notaría por el órgano de administración, ha de ser objeto de legitimación de firma.

Si bien, el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional, salvo disposición contraria de los estatutos, en cuyo caso no será necesario aportar el certificado social del acuerdo.