¿Qué es la visa nómada digital?

En los últimos años muchas personas han experimentado el nomadismo digital, pero es a raíz del año 2020, como consecuencia de la pandemia mundial sufrida a causa del COVID-19, cuando experimenta un mayor auge, debido a los cambios producidos durante un tiempo en nuestras rutinas diarias y por lo tanto, en la forma de trabajar, aumentando considerablemente a partir de esos momentos el trabajo en remoto. En algunos sectores, es una tendencia que ha venido para asentarse en la sociedad.

A raíz de este hecho, los gobiernos de distintos países, reconocieron la importancia de crear leyes migratorias que favorezcan a este tipo de viajeros dentro de sus territorios. La finalidad de este tipo de visas es conceder permisos especiales de residencia y trabajo, por largas temporadas, a los trabajadores digitales, permitiéndoles mayor movilidad y flexibilidad en el ejercicio de sus trabajos.

El procedimiento para su obtención así como los requisitos que han de cumplirse son diferentes en cada país. En España pueden solicitar una residencia por teletrabajo de carácter internacional aquellos extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

¿Cuándo se creó la visa para nómadas digitales en España?

En la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (más conocida como Ley de Startups) publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 22 de diciembre de 2022 se introdujo esta novedad en nuestro sistema normativo con el objetivo de establecer una nueva categoría de visado para trabajadores internacionales permitiendo atraer talento cualificado y capital internacional que supongan fortalecer la economía nacional, aumentar la inversión en investigación y desarrollo, impulsar la inversión en startups y convertirnos en unos de los países referentes dentro del ecosistema digital.

En el caso de ejercicio de una actividad laboral, el titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional sólo podrá trabajar para empresas radicadas fuera del territorio nacional español.

En el supuesto de ejercicio de una actividad profesional, se permitirá al titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de los ingresos obtenidos por dicho trabajo no sea superior al 20% del total de los ingresos obtenidos por su actividad profesional.

Es un tipo de visado que tiene una particularidad que analizaré más adelante, y es que desde el punto de vista del derecho de extranjería el titular de esta visa es considerado un residente y desde el punto de vista fiscal, puede ser considerado un no residente.


¿Quién puede solicitarla?

Aquellas personas que pretendan solicitar la visa de nómada digital para España deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Ausencia de antecedentes penales.
  • En el caso de ejercer una actividad profesional sólo el 20% del total de sus ingresos pueden proceder de una empresa ubicada en España.
  • Acreditar una relación laboral continuada de, al menos tres meses, con la empresa para la que se trabaja en remoto. La empresa debe, además, certificar que el interesado está autorizado a teletrabajar.
  • La empresa o empresas con las que el nómada digital tenga relación deben llevar operando en el mercado al menos 1 año.
  • Haberse graduado o postgraduado en una universidad, formación profesional y escuela de negocios de reconocido prestigio, o contar con una experiencia laboral mínima de 3 años.
  • Contratar un seguro médico privado con total cobertura en el territorio español.
  • Demostrar la existencia de fondos económicos suficientes (25.000?), ya sea en cuenta bancaria de su titularidad o con su sueldo.
  • No tener prohibida la entrada en España.


¿Cómo solicitarla?

La visa de nómada digital es posible solicitarla si el interesado está residiendo en el extranjero así como si está residiendo en España con visado de turista.

Desde el extranjero: El visado debe solicitarse en las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, Embajadas y Consulados. 

Desde territorio español: La autorización de residencia debe solicitarse en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). Según el artículo 76.1 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización la UGE-CE dispone de 20 días desde la presentación de la solicitud para tramitarla. Si la solicitud presentada no se resuelve dentro de ese plazo, se da por concedida ya que opera el silencio administrativo positivo.


¿Qué tipo de permisos existen y cuál es su duración?

Visado: cuando el solicitante se encuentre fuera de territorio español, obtendrá un permiso que le permitirá, si lo desea, residir y trabajar en todo el estado español. El plazo de duración del permiso es de 1 año, salvo que el periodo de trabajo sea inferior, en cuyo caso el visado tendrá la misma duración que el trabajo para el que el interesado haya sido contratado. Transcurrido el año, debe solicitar una autorización de residencia.

Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentra legalmente en España, obtendrá un permiso de 3 años que le permitirá, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio español.


¿Puede un familiar beneficiarse de este tipo de visado?

En el caso de haber obtenido la visa nómada digital, los siguientes miembros de la familia del solicitante pueden obtener una visa de acompañante vinculada a la suya:

  • Cónyuge.
  • Socio registrado y/o no registrado.
  • Hijos menores de edad.
  • Hijos mayores de edad que dependan económicamente del solicitante del visado.
  • Ascendentes directos que dependan económicamente del solicitante del visado.

Estos familiares podrán obtener un permiso de residencia que les permita trabajar en España tanto como autónomos como por cuenta ajena.


Ventajas de la visa española para nómadas digitales

Desde el punto de vista de extranjería: Es una manera de poder obtener con posterioridad la residencia permanente. Permite traer a los familiares citados en el apartado anterior y disponer de libertad de movimiento dentro del país. El procedimiento para su obtención es sencillo y ágil.

Desde el punto de vista fiscal: La Ley Beckham es un régimen fiscal especial que permite ser considerado no residente fiscal aunque se resida más de 183 días en el territorio español. 

Para poder acogerse a este ventajoso régimen fiscal uno de los requisitos más importantes que hay que cumplir es no haber sido residente legal en España durante los últimos 5 años. Si se cumple este requisito, el solicitante del visado de nómada digital tendrá 6 meses desde la obtención de la resolución positiva de la concesión del visado para presentar su solicitud en la Agencia Tributaria. Como consecuencia de ello tendrá las siguientes ventajas:

  • Permite tributar un porcentaje fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo obtenidos en España (no rentas mundiales) hasta 600.000? y un 48% sobre cualquier cantidad superior a este límite.
  • A efectos del Impuesto del Patrimonio el titular de este tipo de visado es considerado no residente fiscal durante 5 años evitando así pagar este impuesto durante el citado plazo.
  • No es necesario presentar el modelo informativo 720. Los residentes deben presentarlo anualmente declarando su patrimonio.
  • El impuesto sobre las ganancias de capital se ve reducido pasando a ser un tipo variable entre el 19% y el 28%.


Desventajas de la visa española para nómadas digitales

No pueden acogerse a este tipo de visados los ciudadanos residentes de la Unión Europea y si se ejerce una actividad profesional para una empresa española, los ingresos obtenidos a través de la misma, no pueden superar el 20% del total de los ingresos obtenidos por su actividad profesional.

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