El acceso a la vivienda en propiedad por parte de los jóvenes y familias con recursos limitados es uno de los problemas económicos y sociales a los que se enfrenta nuestro país. Las actuales circunstancias macroeconómicas, laborales y sociales, la necesidad de contar con unos ahorros importantes para comprar una vivienda y el incremento de los precios, son factores que dificultan el acceso por determinados sectores de la población.
El artículo 47 de la Constitución Española declara que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y atribuye a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho. Este derecho está incluido dentro de los principios sociales y económicos rectores de nuestra carta magna.
El derecho a una vivienda adecuada fue reconocido como parte del derecho a un nivel de vida adecuado en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y en el artículo 11.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966.
El Consejo de Ministros del actual Gobierno en funciones anunció el pasado 9 de mayo la creación de una línea de avales a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para garantizar el 20% de la hipoteca de una primera vivienda para determinados grupos de población más vulnerables como los jóvenes y las familias con menores a su cargo.
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¿En qué consiste?
El Ministerio de Asuntos Económicos explicó que, «los avales están dirigidos a jóvenes de hasta 35 años y familias con menores a su cargo sin límite de edad con ingresos individuales de hasta 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno».
En España las entidades financiares suelen conceder los préstamos hipotecarios para adquisición de primera vivienda por un importe equivalente al 80% del precio de compra o el valor de tasación (el menor de ellos), por lo que con esta medida lo que se pretende es que el ICO ofrezca aval hipotecario del 20 % restante hasta alcanzar el 100% del menor valor entre el de tasación y el precio de compra. Aún no se sabe si se establecerá un límite máximo de precio de venta o tasación de la vivienda, que podría fijarse en función del ámbito territorial.
¿Quién puede acogerse a este aval?
Las personas que podrán beneficiarse de esta línea de avales han de cumplir los siguientes requisitos:
- Jóvenes menores de 35 años o familias con menores a su cargo (con independencia de la edad de los progenitores).
- En ambos casos, cada solicitante debe contar con ingresos de hasta 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). La medida cuenta con factores de mejora en función del número de hijos y de si la familia es monoparental. Por lo tanto, dicho límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental el límite se podrá incrementar en un 70% adicional.
- Tanto los jóvenes como las familias solicitantes deben residir en España y tener un perfil financiero apto para la concesión de la hipoteca.
- Que se solicite para la adquisición de primera vivienda.
¿Cuándo se podrá solicitar?
Después del anuncio en el mes de mayo, el día 27 de junio el actual Gobierno en funciones aprobó la línea de avales por un importe de 2.500 millones de euros y habilitó al Ministerio y al Instituto de Crédito Oficial a establecer las condiciones aplicables y los criterios de la línea. Por el momento, esta medida aún no ha entrado en vigor.
¿Quién concederá estos avales?
Estos avales públicos serán concedidos por parte del Instituto de Crédito Oficial en colaboración con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).
¿Cómo se podrá solicitar?
En el momento en el que se esté tramitando la concesión del préstamo o crédito hipotecario ante la entidad financiera, el solicitante deberá manifestar que quiere acogerse a estos avales públicos en el marco de la Línea Mitma-ICO.
Los potenciales beneficiarios podrán solicitarlos, por lo tanto, a través de aquellas entidades financieras que estén adheridas a la Línea Mitma-ICO. En la página web del ICO se especifica a través de qué entidades de crédito se podrá solicitar (consultar AQUI).
¿Quién asumirá el coste de este aval?
El coste del aval otorgado por Mitma será asumido por la entidad financiera.
¿Quién asumirá el riesgo en caso de impago?
El citado Ministerio compartirá hasta el 20% del riesgo de la totalidad del principal de cada préstamo o crédito hipotecario con la entidad financiera en igualdad de condiciones.
En el caso que el préstamo o crédito se conceda con la finalidad de adquirir una vivienda que dispone de una calificación energética mínima D o superior, el Mitma podrá avalar hasta el 25% del principal del préstamo o crédito.
¿Cuál será su plazo?
El plazo de los avales concedidos será por un máximo de 10 años con independencia del plazo de amortización del préstamo o crédito y de la posible existencia de período de carencia.
¿Cuándo finalizará la concesión de estos avales públicos?
El período para formalizar los préstamos o créditos con garantía hipotecaria que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de prórroga de dos años en función de la demanda y las circunstancias económicas existentes.
En la nota de prensa del 27 de junio de este año, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana anunció que el objetivo es facilitar la adquisición de aproximadamente 50.000 viviendas. Esta línea de avales será compatible con los planes de acceso a la vivienda activos en algunas Comunidades Autónomas.
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